• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA AZUCENA RECIO GONZALEZ
  • Nº Recurso: 4160/2023
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia que a su vez desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto frente a la Resolución de 24 de agosto de 2021, dictada por la Subdirectora de la APLU, en sustitución del Director, por la que se acuerda la desestimación de recurso de reposición interpuesto por los demandantes contra la Resolución de 12 de abril de 2021, que acuerda la ejecución subsidiaria de la resolución de 2 de julio de 2013, que ordena la demolición de ciertas construcciones. Señala la Sala que es irrelevante concretar la fecha en que la Administración conoció la existencia del procedimiento penal. Por ello no se aprecia indefensión por el hecho de que por el Juzgado, motivadamente, se rechazara tanto la ampliación del expediente como parte de la prueba que se interesaba: en todo caso, si era de su interés pudo aportar la documental que entendiera precisa. Igualmente se aprecia la irrelevancia de la testifical, atendida la ninguna relación con el objeto del recurso sobre que recae la sentencia recurrida, de forma que nada podía aportar al objeto del presente recurso: hay un acto administrativo, confirmado en vía judicial, que impone una reposición de la legalidad, y que no ha sido cumplido, al margen de que en vía penal se le impusiera igualmente dicha obligación pero se procediera, tan solo, al archivo provisional de las actuaciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 4/2023
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia desestima una demanda de error judicial (art. 293 LOPJ), interpuesta contra la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que consideró no prescrita una sanción en materia de circulación de vehículos a motor y seguridad vial, al constar diversos intentos de notificación de la denuncia. La sentencia del Tribunal Supremo, tras rechazar las causas de inadmisibilidad de la demanda de error judicial (FJ 1º), recuerda la jurisprudencia sobre la naturaleza y objeto del proceso de error judicial (FJ 2º) y, aplicándola al caso, concluye que "la parte podrá mostrarse en desacuerdo con el razonamiento contenido en la sentencia cuestionada, en el sentido de considerar inválida la tercera de las notificaciones de la denuncia consideradas por la Juzgadora, y consecuentemente inválida e ineficaz la notificación edictal posterior, a los efectos de entender prescrita la infracción por el transcurso del lapso de tres meses previsto en la Ley; sin embargo, la Sala no aprecia que la conclusión alcanzada por el Juzgado supere el umbral preciso para que pueda afirmarse la existencia de un error judicial en los términos exigidos por la doctrina anteriormente expuesta, por no resultar el razonamiento ilógico, irracional o contrario a las más elementales normas de la hermenéutica jurídica" (FJ 3º).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 3/2023
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La respuesta dada al litigio por el Juzgado sentenciador podrá resultar más o menos discutible, pero desde luego no puede tildarse en modo alguno de ilógica o absurda hasta el punto de haber dado lugar a un error de interpretación y aplicación del Derecho tan "craso", "patente", "indubitado", "incontestable" o "flagrante" como para haber provocado "conclusiones fácticas o jurídicas ilógicas, irracionales, esperpénticas o absurdas", que es lo que, como antes dijimos, se requiere para apreciar y declarar el error judicial. Antes al contrario, el Juzgador rechazó la alegada prescripción de la infracción al considerar la existencia y validez de tres intentos de notificación que resultaron infructuosos, por lo que se procedió a la práctica de la notificación edictal, entre cuyos actos, que suponían la interrupción de la prescripción, consideró que no había transcurrido el periodo de prescripción de tres meses previsto para las infracciones leves conforme al artículo 112.1 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 6099/2022
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala, reiterando la doctrina establecida en anteriores pronunciamientos (SSTS de 20 de julio de 2020, rec. 4541/2019, de 17 de diciembre de 2020, rec. 4067/2017, o de 21 de abril de 2022, rec. 2478/2021), concluye que lo esencial es ---para el caso de que no se cumplan las condiciones para la reagrupación previstas en los artículos 7 de la Directiva y el RD240--- acreditar la relación de dependencia efectiva entre el nacional español y el nacional de tercer país que pretende reagruparse con el primero; y ello, con la finalidad, a la vista de la doctrina establecida, de poder comprobar si, como consecuencia de tal relación de dependencia ---de la intensidad de la relación de dependencia---, el nacional español estaría obligado a abandonar el territorio europeo en su conjunto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 3635/2022
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de casación con remisión a lo ya expresado en la STS 1048/2020, de 20 de julio (RC 4541/2019) en supuesto análogo, y considerando la doctrina contenida en la STJUE de 27 de febrero de 2020 (asunto c-836/18 y en la STC 42/2020, de 9 de marzo. Se insiste en que, partiendo de la carencia de autonomía de los derechos de los ciudadanos de terceros países y subrayando el carácter derivado de tales derechos, lo esencial consiste en acreditar la situación de dependencia del ciudadano de la UE atendiendo a los principios de respeto de la vida privada y familiar y de proporcionalidad y ello a los efectos de poder comprobar si, como consecuencia de la intensidad de la relación de dependencia, el nacional español estaría obligado a abandonar el territorio europeo en caso de negarse la tarjeta de residencia. Y en este caso la acreditación de los vínculos existentes y la ponderación de las circunstancias personales concurrentes, impide denegar de manera automática la solicitud por la mera razón de la disposición de medios económicos, cuya concreción también quedó antes reflejada, lo que impone conceder al nacional de ese tercer país su derecho de residencia derivado al amparo del art. 20 TFUE y, por ende, el otorgamiento de la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIA
  • Nº Recurso: 4/2023
  • Fecha: 15/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En contra de lo sostenido por el recurrente, el delito por el que fue condenado mediante sentencia penal firme causó grave daño tanto a la Administración como a los ciudadanos, como exhaustivamente se razona en la resolución administrativa impugnada, dado que, la condena, impuesta por tenencia y distribución de pornografía infantil, comporta un comportamiento ilícito de tal intensidad que, por una parte, inevitablemente, conlleva un grave quebranto, daño, afectación y descrédito de la institución de la Guardia Civil -que tiene encomendada constitucionalmente, como integrante de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y la de garantizar la seguridad ciudadana- y, por otra, daña gravemente también a los ciudadanos, representados en el caso por los menores de edad. La sanción de separación de servicio impuesta resulta proporcionada, en atención a la naturaleza y gravedad del delito cometido, dada su frontal oposición a los deberes de rectitud, integridad y respeto a le ley exigidos a los miembros de la Guardia Civil.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA JOSE MARGARETO GARCIA
  • Nº Recurso: 181/2023
  • Fecha: 15/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la STJUE de 3 de marzo de 2022, asunto c-409/20 que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal.En este caso no consta sello de entrada en España en el pasaporte del recurrente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 618/2023
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la STJUE de 3 de marzo de 2022 asunto c-409/20, que asume el Tribunal Supremo en su sentencia de 18 de septiembre de 2023 (rec. 2251/2021) que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 543/2023
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial, fundamentalmente la sentencia de la Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023, rc 1537/2022, que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal. Ello exige una valoración de las circunstancias concurrentes, positivas y negativas, que puedan justificar o no la medida de exclusión. En este caso se destaca que la resolución que acuerda la expulsión no contiene esa referencia a datos negativos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 483/2023
  • Fecha: 14/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la STJUE de 3 de marzo de 2022 asunto c-409/20, que asume el Tribunal Supremo en su sentencia de 18 de septiembre de 2023 (rec. 2251/2021) que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal. En este caso la situación de indocumentado, unida a la falta de elementos positivos justifica la expulsión.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.